APROBADA LA PRÓRROGA DE LOS ERTE Y DE LAS AYUDAS A AUTÓNOMOS HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE
El BOE nº 178 publica el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, un nuevo paquete de medidas para empresas, trabajadores por cuenta ajena y autónomos hasta el próximo 30 de septiembre tras el acuerdo firmado entre el Gobierno, los agentes sociales y las asociaciones de autónomos.
Para las empresas y los trabajadores por cuenta ajena, el Consejo de Ministros ha dado luz verde al acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar los ERTE hasta el 30 de septiembre, con nuevas exoneraciones en las cotizaciones sociales y el mantenimiento de la protección para las personas afectadas por ERTE. Para las empresas que aún tengan problemas para reiniciar la actividad, se crea una nueva figura: el ERTE de transición; y se prorrogan los ERTE de fuerza mayor para las empresas que reincorporen a parte de su plantilla
Además, también se prorrogan las ayudas para trabajadores autónomos, con nuevas exoneraciones en las cotizaciones sociales para los más de 1,4 millones de autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria hasta el 30 de junio.
Los beneficiarios de la prestación extraordinaria no tendrán que pagar las cotizaciones sociales del mes de julio y tendrán una exoneración del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Aquellos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la pandemia, podrán acceder a la prestación por cese de actividad ordinario si su facturación en el tercer trimestre es un 75% más baja que la del mismo período del año pasado, siempre y cuando sus rendimientos netos en el período no superen la cuantía equivalente a 1,75 veces el SMI del trimestre.
Para acceder a esta prestación ordinaria compatible con la actividad, no es necesario esperar a que termine el trimestre. Los trabajadores autónomos que estimen que pueden ser beneficiarios de la prestación pueden solicitarla en cualquier momento. Posteriormente se realizará una verificación del cumplimiento de los requisitos. Los autónomos tienen la posibilidad de renunciar a la prestación durante esos tres meses si ven recuperada su actividad.