SUBVENCIONES PARA MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS Y EDIFICIOS: ABIERTO PLAZO DE SOLICITUD

El próximo 5 de febrero de 2024 se abre el plazo para la presentación de las solicitudes de las subvenciones, contempladas en la Orden de 16 de octubre de 2023 de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de la Andalucía por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que finalizará el día 4 de marzo de 2024.

 

Las líneas de subvenciones recogidas en las correspondientes bases reguladoras, aprobadas por Orden de 1 de agosto, se encuadran en lo previsto en el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, y tienen por objeto, respectivamente, el fomento de la mejora de la accesibilidad en viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas o agrupadas en fila, o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva (Línea 1) y la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva (Línea 2), debiendo las edificaciones objeto de subvención estar finalizadas antes de 2006, salvo que en la vivienda o edificio resida, al menos, una  persona con discapacidad o mayor de 65 años.

 

Las solicitudes habrán de presentarse en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a los que se puede acceder a través de las direcciones siguientes:

 

Serán costes subvencionables los recogidos en el apartado 5.c).1º del cuadro resumen de cada línea que figura en las bases reguladoras, y que incluyen el coste de ejecución material de las obras o actuaciones, los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de proyectos en su caso, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y tributos, siempre que todos ellos estén debidamente justificados, todos estos costes referidos a las actuaciones de mejora de accesibilidad relacionadas en el apartado 2.a) de cada cuadro, variando los porcentajes máximos de subvención del 60% hasta el 100% del coste, en función de determinados requisitos, siempre por debajo de la cuantía máxima de subvención que también varía en función de línea.



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